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Expiden nueva reglamentación para el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (8:00 a.m.)

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02 de Octubre de 2014

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El Ministerio de Hacienda expidió una nueva reglamentación para el funcionamiento y operatividad del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), creado mediante la Ley 1151 del 2007. Por ejemplo, para el cálculo de la posición neta, la norma indica que el Ministerio de Minas la liquidará mediante resolución semestralmente para cada refinador y/o importador y para cada combustible a ser estabilizada por el FEPC, dicha posición será la sumatoria de los diferenciales a lo largo del semestre, cuyo resultado será el monto en pesos a favor de cada refinador y/o importador con cargo a los recursos del fondo. La posición neta para el décimo periodo, comprendido entre el 1º de julio y el 31 de diciembre del 2014, se determinará de conformidad con lo recientemente establecido. Por otra parte, esta norma compila varias de las disposiciones de los decretos 2713 del 2012 y 1067 del 2014, introduce algunas modificaciones y posteriormente deroga dichos decretos para dar claridad sobre la operatividad del fondo.  

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