Expiden medidas de operación para implementar transporte público de pasajeros marítimos en Cartagena (3:25 p.m.)
24 de Agosto de 2015
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Nota:
103501
El Ejecutivo acaba de reglamentar la operación y el tránsito del transporte público de pasajeros marítimos en Cartagena incluyendo los embarcaderos , según los lineamientos establecidos en las Leyes 105 de 1993, Ley 336 de 1996 y Decreto ley 2324 de 1984. La nueva norma indica que le corresponde a la Dirección General Marítima (Dimar) expedir, en un solo acto administrativo, tanto la habilitación como el permiso de operación a las empresas interesadas en prestar el servicio. Para este último evento, la Dimar fijará por resolución los requisitos que debe cumplir la empresa para obtener la habilitación, la cual deberá ser expedida, en un plazo máximo de 15 días hábiles.
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