Expiden lineamientos sobre proyectos de inversión con enfoque diferencial en el Sistema General de Regalías (11:35 a.m.)
20 de Septiembre de 2016
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Nota:
123498
Con el objetivo de precisar la obligación de inversión en proyectos con enfoque diferencial de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1530 del 2012, corresponde a las secretarías técnicas de los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) municipales y departamentales en la primera sesión anual: informar las comunidades étnicas asentadas en la entidad territorial de competencia del OCAD; establecer el valor a invertir durante el bienio en proyectos con enfoque diferencial financiados con recursos del fondo de compensación regional y, en caso de existir comunidades étnicas, establecer, del total de ingresos corrientes anuales contenidos en la suma de las instrucciones de abono a cuenta realizada el año anterior, el valor a invertir durante el año con recursos de las asignaciones directas. Corresponde a los OCAD evaluar, viabilizar, priorizar y aprobar al menos en una sesión del año proyectos de inversión con enfoque diferencial financiados con recursos de las asignaciones directas; y por lo menos en una sesión del bienio estos proyectos financiados con recursos del fondo de compensación regional (40 %), siempre que existan comunidades étnicas asentadas en la entidad territorial de competencia de los órganos colegiados. Por otra parte, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) dispondrá de una ventanilla para la presentación de proyectos por parte de los representantes de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, y de las comunidades indígenas registrados en Mininterior.
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