Exigir compostura a asistentes a espectáculos públicos no afecta principios constitucionales (2:50 p.m.)
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16 de Julio de 2013
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La Corte Constitucional determinó que en la esfera pública es posible restringir libertades individuales para preservar el derecho ajeno. Así, declaró exequible la norma que exige guardar compostura y decoro a los asistentes a espectáculos públicos que se desarrollen en escenarios de alta concurrencia (inciso 1º del artículo 137 del Código Nacional de Policía (Decreto 1355 de 1979)). La corporación sostuvo que la disposición no desconoce el libre desarrollo de la personalidad, ni el derecho a la recreación de los ciudadanos, ni el principio de legalidad. La Procuraduría también había sugerido declarar constitucional la norma (M. P. Mauricio González Cuervo).
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