Estos son los aspectos técnicos para que las EPS reporten condiciones financieras y de solvencia (3:35 p.m.)
20 de Enero de 2015
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Nota:
98259
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2702 del 2014, por medio del cual se actualizan las condiciones financieras y de solvencia de las entidades autorizadas para operar el aseguramiento en salud, la Superintendencia Nacional de Salud expidió la Circular Externa 007 para fijar las pautas de reporte de la información sobre capital mínimo, patrimonio adecuado, reservas técnicas y manejo de las inversiones por parte de las EPS. Entonces, en cuanto a las condiciones financieras, establece que el reporte será mensual, la fecha de corte será el último día de cada mes y su reporte se deberá realizar 15 días calendario después de la fecha de corte. Así, sucesivamente, también define los anexos para reservas técnicas e inversiones de las reservas técnicas y control inversiones. La información deberá ser presentada en archivos planos y radicados por vía electrónica a través del sitio web en el enlace dispuesto para este fin y firmados digitalmente por parte del representante legal. Por último, hace cambios en la periodicidad, fecha de corte y fecha de reporte del anexo técnico archivo Tipo 001 – Catálogo de Cuentas del Capítulo Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo del Título XI y del archivo Tipo 001 – Catálogo de Cuentas del Capítulo Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado del Título XI Anexos Técnicos.
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