Este es el fallo que revocó la tutela a favor del alcalde Petro (4:45 p.m.)
06 de Marzo de 2014
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Nota:
94647
El Consejo Superior de la Judicatura dio a conocer el texto de la sentencia que revocó la tutela por medio de la cual el Consejo Seccional de Bogotá había suspendido provisionalmente la destitución del alcalde de la capital, Gustavo Petro, ante la solicitud de amparo de más de 300 votantes. Al verificar que solo 185 de esos tutelantes estaban legitimados para interponer el recurso, la Sala Disciplinaria impugnó el fallo de primera instancia, negando la solicitud, por considerar que el artículo 40 de la Constitución, que ampara el derecho a elegir y ser elegido, no se violaba con la decisión de la Procuraduría. Para la corporación, la preservación de esas garantías no puede llevar a que se desconozcan las facultades legales del organismo de control para disciplinar incluso a los funcionarios elegidos popularmente. Añadió que esa capacidad operativa del Ministerio Público fue ratificada por la Sentencia SU-712 del 2013, en la cual se indica que ese tipo de actuaciones no suponen interferir en las competencias del juez contencioso administrativo, en tanto que la pérdida de investidura no es el único mecanismo de control disciplinario para funcionarios elegidos popularmente. El Consejo Superior, como la Corte Constitucional, señaló que el artículo 23 de la Convención Americana tampoco constituye una limitación a la destitución de servidores seleccionados por voto popular, aun cuando ella no sea el producto de una sentencia penal (M. P. Pedro Sanabria).
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