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Establecen usos de recursos que obtengan establecimientos educativos por estímulos a la calidad educativa (10:08 a.m.)

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11 de Abril de 2016

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Una vez transferidos los recursos por concepto de Estímulos a la Calidad Educativa, el rector deberá convocar dentro de los 10 días siguientes al consejo directivo para que este órgano determine cuál de los siguientes usos aprobará para los recursos: transferencia directa o cursos de formación a educadores. El primero consiste en la distribución directa de una suma correspondiente a la multiplicación del porcentaje de logro de la meta anual de excelencia por la asigna­ción básica mensual del respectivo educador, funcionario administrativo o docente tutor del programa Todos a aprender, que al corte del mes de diciembre del año inmediatamente anterior, de acuerdo con el reporte del Sistema de Información Nacional de Educación Básica y Media (SINEB), estuvieren asignados al establecimiento educativo. El segundo se trata del pago a favor de un grupo de docentes del establecimiento, seleccionado por el propio consejo directivo, del valor total o de un porcentaje no inferior al 30 % del costo de la matrí­cula de alguno de los cursos de formación aprobados por el Ministerio de Educación. El consejo deberá tomar una decisión frente al uso de los dineros dentro de los 30 días siguientes al momento en que se transfieran los recursos al respectivo fondo de servicios educativos.

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