Establecen responsabilidad estatal por daño antijurídico causado por omisión en mantenimiento de vías (8:22 a.m.)
31 de Marzo de 2014
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Nota:
95674
El Consejo de Estado sostuvo que aunque la presencia de cualquier obstáculo en una vía no hace responsable a la administración de un daño antijurídico que se produzca, una omisión en las labores de mantenimiento o en las previsiones permite la imputación. Adicionalmente, sostuvo que cuando se da un perjuicio a terceros, a consecuencia de la ejecución de una obra pública a cargo de contratistas, se entiende que es el propio Estado el ejecutor, luego el hecho de que el daño se haya generado en medio de un proceso de esta naturaleza no exonera a la institucionalidad del resarcimiento. Con argumentos como este, la Sección Tercera condenó a la Nación por el accidente que sufrió un motociclista en Buenaventura (Valle), que cayó en una alcantarilla destapada y que le produjo la pérdida de su ojo derecho (C. P. Carlos Alberto Zambrano).
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