Establecen reglas para los aportes al Fondo de contingencias de las entidades estatales
18 de Septiembre de 2020
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Nota:
117557
El Ministerio de Hacienda reguló lo correspondiente a los aportes al Fondo de contingencias de las entidades estatales por concepto de los procesos judiciales que se adelantan en contra de estas que conforman una sección del Presupuesto General de la Nación. Las entidades valorarán su pasivo contingente judicial y con base en dicha valoración determinarán el plan de aportes al fondo. La Dirección General de Crédito Público será la encargada de aprobar las valoraciones de los pasivos contingentes judiciales y lo aprobado se transferirá al fondo. Los aportes deberán realizarse anualmente en concordancia con el plan aprobado. Para el desembolso de los recursos, los aportantes deberán remitir al administrador la resolución ejecutoriada mediante la cual se reconoce la suma de dinero declarada en la sentencia judicial o en el auto que apruebe la conciliación judicial y los intereses a pagar, si los hay, junto con la documentación que respalde la solicitud de desembolso de recursos.
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