13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Establecen límites a capacidad de asambleas de conjuntos residenciales para restringir tenencia de mascotas (8:22 a.m.)

14 de Abril de 2014

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Nota:
96220
En sentencia que fue dada a conocer en abril, la Corte Constitucional determinó que aunque las asambleas de los conjuntos residenciales están facultadas para limitar las condiciones para la tenencia de mascotas por parte de los copropietarios, es desproporcionado impedirles su movilidad en ciertos espacios, como los ascensores. En criterio del alto tribunal, ello resulta violatorio de derechos al libre de desarrollo de la personalidad, a la intimidad personal y familiar y, en casos excepcionales, a la libre movilidad del amo. Según la providencia, este hecho “limita la posibilidad real de tenencia de dichos animales, por ejemplo, en casos en los que los residentes tengan problemas de desplazamiento con ocasión de una discapacidad, sufran de alguna enfermedad o tengan una lesión que recomiende el no uso de escaleras”. Para la Sala, es viable acudir a otras medidas alternativas que garanticen los derechos a la salubridad y convivencia de la copropiedad a los demás vecinos, sin necesidad de afectar las garantías a quienes tienen mascotas, siempre que se respete lo ordenado en la Ley 746 del 2002, que regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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