Establecen condiciones para la movilidad entre regímenes del sistema de salud (5:00 p.m.)
30 de Diciembre de 2013
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Nota:
93567
El Ministerio de Salud y Protección Social estableció las condiciones y reglas para la movilidad desde el régimen subsidiado hacia el régimen contributivo y viceversa de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud de los niveles I y II del Sisbén que, por cambios o intermitencias en sus condiciones socioeconómicas, quieran pasar de un régimen a otro sin cambiar de entidad promotora de salud (EPS) y sin solución de continuidad en el aseguramiento. Al respecto, la norma indica que las EPS deberán administrar simultáneamente afiliados de ambos regímenes. De esta manera, cuando un afiliado pase del régimen subsidiado al contributivo dentro de la misma EPS, esta deberá garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de manera integral desde el primer día. Adicionalmente, el Fosyga reconocerá a la EPS el valor de la UPC del régimen contributivo la provisión para incapacidades, entre otros, en proporción a los días cotizados de los afiliados. Finalmente, los servicios de salud que se originen como consecuencia de un accidente de trabajo y/o enfermedad laboral, las EPS del régimen subsidiado que tiene afiliado al trabajador deberán prestarles los servicios conforme a las reglas propias del Sistema de Riesgos Laborales.
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