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Esta es la relación de inversiones en títulos de desarrollo agropecuario de la Superfinanciera (11:12 a.m.)

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21 de Abril de 2015

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La Superintendencia Financiera, a través de la Carta Circular 39, informó la relación de inversiones que los establecimientos de crédito deben realizar en títulos de desarrollo agropecuario clases A y B, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Externa 3 del 2000 de la junta directiva del Banco de la República. Esta información fue obtenida de los datos que, hasta el 17 de abril, transmitieron los establecimientos de crédito en la proforma F-1000-127, correspondiente al trimestre enero – marzo del 2015, y de la información sobre colocaciones agropecuarias y patrimonio suministrada por Finagro en la proforma F-1000-136, de la Reliquidación de las Inversiones Obligatorias en Títulos de Desarrollo Agropecuario transmitida por Finagro en la proforma F-1000-137.

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