Esta es la reglamentación del arbitraje virtual (2:00 p.m.)
28 de Agosto de 2013
Reproducir
Nota:
90911
El Gobierno reglamentó el arbitraje virtual, lo que permitirá resolver conflictos y expedir laudos por medios electrónicos. Además, se crea la figura de los árbitros en línea. Las audiencias en estos casos se realizarán a través de videoconferencia, teleconferencia o cualquier medio de comunicación simultánea. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, el inicio de estos procesos tendrá un costo mínimo. La norma reglamenta disposiciones de las leyes 23 de 1991, 446 de 1998, 640 del 2001 y 1563 del 2012, relacionadas con la creación de los centros de conciliación y arbitramento, obligaciones y sus funciones. Se derogan los decretos 30 del 2002, 3626, 3756, 314 y 4089 del 2007 y las resoluciones 1342 del 2004 y 2987 del 2007. Para finalizar, se fija un régimen de transición de seis meses, para que los centros que se encuentren en funcionamiento modifiquen su reglamento y sus condiciones a lo dispuesto.
Opina, Comenta