Esta es la norma que actualiza metodología para fijar cupos de combustible de diésel marino exentos del impuesto nacional al ACPM (11:45 a.m.)
05 de Diciembre de 2017
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Nota:
58468
Mediante la Resolución 739, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) actualizó la metodología para el establecimiento y asignación de los cupos de combustible de diésel marino exentos del impuesto nacional y la sobretasa por embarcación de bandera colombiana utilizada en las actividades de pesca y/o cabotaje, incluidos los remolcadores en las costas colombianas, y para las motonaves de bandera extranjera dedicadas a las actividades de pesca en nuestras costas. No se asignará cupo de consumo de diésel marino a las embarcaciones que no cuentan con registro de potencia de sus motores en el listado de embarcaciones suministrado por la Dimar y Aunap. Por lo tanto, se derogan las resoluciones 230 del 2006 y 663 del 2017.
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