Esta es la norma con la cual fue delimitado el páramo Chingaza (2:10 p.m.)
13 de Mayo de 2016
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Nota:
107423
El Gobierno, a través del Ministerio de Ambiente, publicó la Resolución 0710 en el Diario Oficial, con la cual delimita el páramo Chingaza. Dicha área corresponde en su integridad al área de referencia aportada por el Instituto Alexander von Humboldt y está representada cartográficamente en el Concepto Técnico para la delimitación del mismo a escala 1:25.000, el cual hace parte integral de la resolución. Según el artículo 173 de la Ley 1753 del 2015, y en observancia de lo dispuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia C-035 del 2016 y el régimen de actividades prohibidas al interior del Sistema Nacional de Parques Nacionales Naturales, en las áreas delimitada está prohibida la exploración y/o explotación de recursos naturales no renovables, así como la construcción de refinerías de hidrocarburos. El Ejecutivo calcula que el páramo es el principal proveedor de agua del sector agropecuario de la región: 244.417 toneladas de alimentos, entre los que se encuentran la cebolla, fresa, papa, mora, arveja y habichuela. Con este se completan 10 páramos delimitados en el país, un avance significativo en la meta de delimitar los 2 millones 906 mil hectáreas de los 36 complejos de páramos con los que cuenta el país.
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