EPS no pueden desechar conceptos médicos de personal externo: Corte Constitucional (3:48 p.m.)
07 de Octubre de 2013
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Nota:
91658
La Corte Constitucional determinó que las EPS no pueden desechar los conceptos médicos emitidos por personal externo a la entidad, sino que deben evaluar su conveniencia y, si es del caso, incluirlos para tratar a sus pacientes. Con estos argumentos, ordenó a una EPS integrar un grupo interdisciplinario que examine la conveniencia de un tratamiento consistente en terapias especializadas de “neuro desarrollo, equinoterapia, acuaterapia, musicoterapia, terapias asistidas con perros, miofuncional y terapia comportamental”, para garantizar los derechos a la vida digna y a la salud de un menor que sufre de epilepsia con retardo mental severo y que recibió este diagnóstico por parte de un fisiatra particular. Según la corporación, este comité tendrá que determinar qué procedimientos alternativos pueden mejorar las habilidades físicas, mentales y sociales del menor, teniendo en cuenta jurisprudencia establecida en las sentencias T-392 del 2011 y la T-650 del 2009 (M. P. Jorge Iván Palacio).
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