Ente territorial debe analizar cada caso de protección laboral de embarazadas vinculadas mediante prestación de servicios (11:30 a.m.)
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24 de Septiembre de 2013
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En relación con la protección laboral reforzada de la mujer embarazada vinculada mediante contrato de prestación de servicios, la Contraloría General señaló que les corresponde a los entes territoriales analizar cada caso concreto y observar la formulación de políticas adoptadas en prevención del daño antijurídico, conforme a lo previsto en el Decreto 1716 del 2009, que reglamentó la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativa. Así mismo, recordó que la Sentencia SU-70 del 2013 de la Corte Constitucional precisó que dicha clase de contratos celebrados por el Estado con personas naturales procede únicamente cuando la entidad contratante no cuente con personal de planta que garantice el conocimiento de la labor. Lo anterior en desarrollo del principio de primacía de la realidad sobre las formas en las relaciones de trabajo.
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