En vigencia, el nuevo régimen para el otorgamiento de licencias ambientales (3:04 p.m.)
06 de Agosto de 2010
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Nota:
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En adelante, la autorización para ejecutar proyectos, obras o actividades que puedan producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje se regirá por las disposiciones contenidas en el Decreto 2820, que acaba de expedir el Gobierno. Las autoridades competentes para otorgar o negar ese permiso o licencia ambiental son el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las corporaciones autónomas regionales y las de desarrollo sostenible, los municipios, distritos y áreas metropolitanas cuya población urbana sea superior a un millón de habitantes dentro de su perímetro urbano y las autoridades ambientales creadas por la Ley 768 del 2002.
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