En firme fallo que estableció jurisprudencia en torno al cambio de esquemas de pensión para beneficiarios del régimen de transición (2:22 p.m.)
15 de Agosto de 2013
Reproducir
Nota:
90492
La Corte Constitucional negó las pretensiones de nulidad contra la sentencia en la que unificó jurisprudencia sobre el traslado de esquemas de pensión fijados para los beneficiarios del régimen de transición (SU-130/13). La corporación recordó que la prosperidad del recurso implica haber dejado pasar por alto una situación tan trascendente dentro del examen que, de haber sido observada, evidenciaría que la decisión cuestionada habría sido completamente distinta. Así las cosas, el alto tribunal ratificó que solo los afiliados con 15 años o más de servicios cotizados al 1° de abril de 1994 pueden realizar el traslado entre sistemas en cualquier tiempo, cuando sea su propósito conservar los beneficios del régimen de transición. La decisión establece que mujeres que contaran con 35 años o más y hombres que hubiesen tenido al menos 40 años al entrar en vigencia el actual sistema general de pensiones, pueden cambiarse de régimen cada cinco años, contados desde la selección inicial, salvo que estén a 10 años o menos de hacer exigible su derecho a la jubilación (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).
Opina, Comenta