En declaración de propiedad de zonas objeto de cesión obligatoria, es imprescindible requerir previamente a urbanizador (4:15 p.m.)
86393
12 de Febrero de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
El Consejo de Estado precisó que el requerimiento previo al urbanizador en el otorgamiento de la escritura pública de declaración de propiedad de las zonas objeto de cesión obligatoria es imprescindible. Así, dice, se garantiza no solo que las autoridades pongan en conocimiento suyo el procedimiento que utilizarán para concretar esta tarea, sino que se les permite a los propietarios conocer el proceso en torno al cual se suscribirán sus derechos a la propiedad común (C. P. María Elizabeth García).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!