En Bogotá, establecen factores de subsidio y de aporte solidario para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo (8:30 a.m.)
29 de Diciembre de 2016
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Nota:
53400
El Concejo de Bogotá, mediante Acuerdo 659 del pasado 21 de diciembre, estableció los factores de subsidio y los de aporte solidario para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en la ciudad, para el periodo 2017 – 2021, en concordancia con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 125 de la Ley 1450 del 2011. Según la disposición, en la clase de uso residencial de estratos 1, 2 y 3 los factores de subsidio son 70 %, 40 % y 15 %, respectivamente. La administración Distrital deberá presentar a la corporación los informes correspondientes del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, de acuerdo con las competencias y plazos previstos.
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