Empresas de servicios públicos domiciliarios deben habilitar servicios en línea (5:07 p.m.)
23 de Septiembre de 2013
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Nota:
91471
El Decreto 1151 del 2008, por el cual se ordenó a todas las entidades estatales implementar la tercera fase del programa Gobierno en Línea, es decir, habilitar sistemas que permitan a los ciudadanos adquirir sus productos o servicios por internet, es aplicable a las empresas de servicios públicos domiciliarios, cualquiera que sea su naturaleza, es decir, oficiales, mixtas o privadas, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. Lo anterior debido al ámbito de aplicación de la norma, que se sujeta a los términos de la Ley 962 del 2005 y Ley 489 de 1998, sobre trámites y procedimientos administrativos y articulación de la estrategia de Gobierno en Línea.
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