Emiten instrucción a notarios para evitar acumulación de predios inicialmente adjudicados como baldíos (10:00 a.m.)
10 de Octubre de 2013
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Nota:
92021
Con el propósito de evitar la acumulación de predios inicialmente adjudicados como baldíos, la Superintendencia de Notariado y Registro impartió instrucciones precisas a los notarios del país para que realicen un estricto control de legalidad a cada uno de los documentos que se otorguen en sus despachos, teniendo en cuenta las prohibiciones y limitaciones consagradas en la Ley 160 de 1994. Así las cosas, los notarios deberán indagar sobre la naturaleza jurídica de los predios objeto del negocio y tomar declaración juramentada al comprador, donde manifieste que al momento de celebrar el contrato no es propietario de ningún otro predio proveniente de la adjudicación de baldíos o que la sociedad que representa no es titular del derecho de dominio de otros predios provenientes de adjudicación de baldíos o en el respectivo municipio o región. Esta medida también cobija a los registradores de instrumentos públicos, quienes deberán abstenerse de registrar actos o contratos de tradición de inmuebles donde inicialmente el dominio provenga de adjudicaciones de baldíos nacionales en los que no se protocolice la autorización del Incora, cuando con tales actos o contratos se fraccionen dichos inmuebles.
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