Restricción a la contratación directa en caso de reelección aplica seis meses antes de las elecciones presidenciales (3:30 p.m.)
30 de Agosto de 2013
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Nota:
90843
La restricción a la contratación pública prevista en el artículo 33 de la Ley 996 del 2005 (Ley de Garantías Electorales), frente a la eventualidad de la reelección presidencial, es aplicable desde el momento en que se manifiesta el interés de ser reelegido, es decir, seis meses antes de las elecciones presidenciales y solo aplica respecto a las figuras de presidente y vicepresidente, sin que sea viable ampliar tal ámbito a otros órganos vía analógica. Así lo precisó la Contraloría General de la República, en oficio de julio.
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