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Regulan reporte de gastos de campaña de los grupos significativos de ciudadanos (10:35 a.m.)

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14 de Noviembre de 2017

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A través de la Resolución 2798, el Consejo Nacional Electoral señaló que en toda elección en que se inscriban comités que los promuevan los grupos significativos de ciudadanos, estos deberán reportar al CNE dentro de los cinco días siguientes a la inscripción de su candidato o lista de candidatos el consolidado general de ingresos y gastos acumulado hasta esa fecha, cualquiera sea su concepto, realizado desde el registro del comité inscriptor. Agregó que el informe de ingresos y gastos de campaña deberá acompañarse, en anexo separado, el informe de los gastos de recolección de firmas, el cual deberá contener en detalle los gastos antes mencionados.

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