Regulan autorización para sufragar en lugar diferente al puesto de votación (9:24 a.m.)
13 de Junio de 2018
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Nota:
122608
Con la Resolución 8287, la Registraduría Nacional del Estado Civil acaba de reglamentar la expedición del certificado por sufragar (Formulario E-12) para las elecciones de este domingo 17 de junio, donde se elegirá Presidente y Vicepresidente para el periodo 2018-2022 (segunda vuelta presidencial). Este documento será entregado por los registradores distritales, municipales y auxiliares del estado civil o sus delegados en los casos establecidos en el artículo 117 del Decreto 2241 de 1986 a los servidores públicos que con ocasión y en razón de sus funciones hayan sido comisionados, trasladados o hayan presentado alguna situación administrativa que ocasione la movilización de su lugar habitual de trabajo, siempre y cuando esté relacionada con dicha jornada y la respectiva cédula se encuentre incorporada en el censo electoral y a los ciudadanos cuya cédula haya sido ordenada a la Registraduría incorporar al censo por autoridad judicial, entre otros eventos.
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