Proceso para elección del Defensor del Pueblo no requiere de convocatoria pública: Sección Quinta (11:51 a.m.)
05 de Abril de 2017
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Nota:
54479
La Sección Quinta del Consejo de Estado negó recientemente la nulidad de la elección de Carlos Alfonso Negret Mosquera como defensor del Pueblo, luego de considerar que el proceso no requería de convocatoria pública. El fallo concluye que si bien en los debates de la reforma de Equilibrio de Poderes se hicieron propuestas de modificación a la forma de elección de este alto cargo, en el sentido de que se incluyera una convocatoria pública para la conformación de la terna y en los términos del artículo 126 de la Constitución, dicha propuesta no fue acogida en la votación, “de lo que se tiene que la forma de elección se mantuvo incólume y, por tanto, el Presidente de la República es libre para conformar la terna, según su arbitrio (C.P. Carlos Enrique Moreno Rubio, despacho encargado).
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