Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Desacuerdo en la interpretación de una norma no puede controvertirse mediante el recurso extraordinario de revisión (10:31 a.m.)

54346

18 de Abril de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró infundado el recurso de revisión interpuesto en contra la sentencia que declaró la nulidad de la elección de la alcaldesa del municipio de Sabanas de San Ángel (Magdalena), para el periodo 2016 – 2019, luego de evidenciar que la recurrente pretendía utilizar este medio de impugnación excepcional como si fuera una segunda instancia. Por eso, el alto tribunal recordó que el simple desacuerdo en la interpretación de una norma no puede ser desatado mediante el ejercicio de este recurso, pues, de ser así, se vulneraría la autonomía funcional de los jueces naturales y se convertiría en un escenario para evaluar el grado de convencimiento de los razonamientos de los operadores judiciales (C. P. Alberto Yepes).  

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)