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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Elecciones Presidente de la República 2014 – 2018Datos para tener en cuenta durante las elecciones presidenciales (10:28 a.m.)

22 de Mayo de 2014

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Nota:
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Teniendo en cuenta que este domingo se elegirán Presidente y Vicepresidente de la República, es oportuno recordar a los ciudadanos algunos datos relevantes sobre el ejercicio democrático. Por ejemplo, la Registraduría ha mencionado que, de acuerdo con el artículo 11 del Decreto 3569 del 2011, durante la jornada electoral no podrán usarse dentro del puesto de votación teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados. Otra advertencia importante tiene que ver con el artículo 16 de la Ley 163 de 1994, el cual señala que los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismas pueden ejercer el derecho al voto acompañadas hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto al voto, siempre y cuando así lo requieran. Un dato adicional es que si el ciudadano marca de forma errónea la tarjeta, podrá solicitar una nueva. Sin embargo, el sufragante deberá devolver la mal diligenciada y verificar que el jurado la anule. Por otra parte, vale la pena mencionar que el artículo 9º del Acto Legislativo 01 del 2009 indica que “deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales cuando, del total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría. Tratándose de elecciones unipersonales, no podrán presentarse los mismos candidatos…”. Además, la Corte Constitucional, en Sentencia C-490 del 2011, declaró inexequible la norma que ordenaba repetir elecciones “cuando el voto en blanco obtenga más votos que el candidato o lista que haya sacado la mayor votación”, en consecuencia, es necesaria la mayoría absoluta, es decir, el 50 % más uno de los votos válidos, no mayoría simple. Para resolver dudas o tener mayor información puede ingresar al siguiente enlace.

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