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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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El control contencioso administrativo no puede erosionar el fallo disciplinario por defectos menores (12:38 p.m.)

24 de Enero de 2013

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Nota:
85475
El Consejo de Estado no accedió a la solicitud de nulidad de la sanción de destitución e inhabilidad general por 10 años para ejercer funciones públicas impuesta por la Procuraduría de Pereira a una funcionaria de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas. La Sección Segunda explicó que no toda irregularidad dentro del proceso disciplinario genera por sí sola la nulidad de los actos que aplican una sanción a un funcionario. Solo las irregularidades sustanciales que involucren trasgresión de garantías o derechos fundamentales acarrean la anulación de los actos sancionatorios, agregó. A juicio del alto tribunal, realizar reuniones con dirigentes políticos en las que se exponen planteamientos ideológicos, pagadas por funcionarios públicos, es prueba irrebatible de una violación del artículo 110 de la Constitución (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).

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