Ejercicio de autoridad administrativa no se refiere únicamente a la posibilidad de suscribir contratos (2:20 p.m.)
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28 de Mayo de 2013
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El Consejo de Estado precisó que la facultad que inhabilita para candidatizarse y ser elegido como diputado, por el vínculo matrimonial con funcionario que dentro de los 12 meses anteriores a la elección haya ejercido autoridad administrativa, se refiere a la autorización para contratar. Por ello, en el caso concreto, la Sala encontró fundamentada la inhabilidad, por el ejercicio de interventoría y la pertenencia de la esposa del demandado al comité de conciliación de una entidad territorial, y por su intervención en la celebración de contratos en interés propio o de terceros con entidades públicas (C.P. Mauricio Torres Cuervo).
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