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Actualizado hace 41 seconds | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Ejecutivo está sometido a la ley en el ejercicio de su potestad reglamentaria (8:15 a.m.)

06 de Julio de 2015

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Nota:
102392
El Consejo de Estado decretó la nulidad de apartes contenidos en las directivas presidenciales 12 del 2002 y 04 del 2003, en los cuales se ordenaba a las entidades administrativas restringir la forma de pago que se podía pactar en los contratos estatales, para la modalidad de pago anticipado. La Sala encontró que el contenido normativo impuso una prohibición que no estaba contemplada en el Estatuto de Contratación Estatal (Ley 80 de 1993). De acuerdo con la providencia, con la expedición de las directivas, el Ejecutivo invadió el campo del legislador en materia de contratación estatal, puesto que las disposiciones con fuerza de ley solo pueden ser modificadas por el Congreso de la Republica, como así lo contempla el artículo 12 de la Ley 153 de 1887. Como motivo adicional para sustentar su decisión, el alto tribunal reprochó que los actos administrativos fueran expedidos sin el concurso del ministro o del director del departamento administrativo llamado a avalar con su firma el acto (C. P. Hernán Andrade).

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