Eficiencia de la función pública no puede sacrificar estabilidad laboral reforzada de funcionario en situación de discapacidad (2:58 p.m.)
01 de Noviembre de 2013
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Nota:
92330
En sentencia que acaba de darse a conocer, la Corte Constitucional manifestó que el principio de eficiencia que debe reinar en la función pública, como argumento válido para la desvinculación de un servidor de carrera que obtenga una calificación no satisfactoria, no puede desconocer el derecho a la estabilidad laboral reforzada que debe cobijar a personas en situación de discapacidad. Así las cosas, no se puede sacrificar la importancia del mérito en los cargos de carrera, pero tampoco desconocer los derechos fundamentales de los funcionarios que enfrenten esta condición. Admitiendo entonces el derecho a la estabilidad laboral reforzada que debe proporcionarse al actor, ordenó su reintegro. Su vuelta transitoria al servicio pretende que se verifique si el bajo rendimiento tiene relación con la disminución de sus capacidades. Además, aclara la providencia, si se concluye que es necesaria su desvinculación, la EPS debe continuar prestándole servicios, hasta que logre afiliarse nuevamente en condición de cotizante o de beneficiario (M. P. Juan Carlos Henao).
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