Prohíben retener títulos educativos por no estar a paz y salvo (4:50 p.m.)
15 de Julio de 2013
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Nota:
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Acaba de publicarse la reforma a la Ley 115 de 1994, para reconocer la primacía del derecho a la educación sobre los derechos económicos de las instituciones educativas. Así, se prohíbe la retención de títulos por no encontrarse a paz y salvo con el establecimiento, cuando exista imposibilidad de pago por justa causa. Si se incumple la disposición, se impondrán multas sucesivas entre 50 y 100 salarios mínimos mensuales.
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