Decretos reglamentarios únicosFijan condiciones para otorgar registro calificado a programas académicos de licenciatura (3:42 p.m.)
21 de Diciembre de 2015
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Nota:
104604
El Ejecutivo acaba de dictar normas referentes a las condiciones de calidad para el otorgamiento y renovación del registro calificado de los programas académicos de licenciatura y los enfocados a la educación. Además de lo previsto en la secciones 1, 2, 3, 4, 6, 8, 9 y 10 del Decreto 1075 del 2015, las instituciones de educación superior deberán cumplir las siguientes condiciones de calidad para el otorgamiento y renovación del registro calificado: denominación; justificación; contenidos curriculares; organización de las actividades académicas; investigación; relación con el sector externo, personal docente; medios educativos; infraestructura física; mecanismos de selección y evaluación; estructura administrativa y académica; autoevaluación, programa de egresados; bienestar universitario y recursos financieros. De igual manera, fija el proceso y requisitos para la renovación del registro de los programas. Así, adiciona el Decreto 1075, único reglamentario del sector.
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