Decretos reglamentarios únicosEstos son los cambios al decreto único del sector Deporte (3:37 p.m.)
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06 de Octubre de 2015
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Mediante el Decreto 1960, Coldeportes acaba de modificar y adicionar el Decreto 1085 del 2015, único reglamentario del sector. De esta manera, precisó que todos los deportistas y su personal de apoyo en condición de entrenador, preparador físico, director, médico o quien ejerza cualquier otra tarea o función dentro del proceso de preparación será responsable de cumplir a cabalidad con todas las disposiciones contenidas en el Código Mundial Antidopaje o la norma que lo modifique o remplace. Así, cualquier infracción de las normas antidopaje acarreará sanciones por parte del órgano de disciplina competente atendiendo lo dispuesto en dicho código. Simultáneamente, se adicionó una norma a la responsabilidad en la lucha antidopaje, puntualizando que los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte deben aceptar el Código Mundial Antidopaje y tienen la obligación de incorporarlo integralmente en sus estatutos y reglamentos como parte de las disposiciones deportivas que regulan a sus miembros, y tendrán un plazo de 30 días para cumplir con esta obligación.
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