Decretos reglamentarios únicosAsí modificaron inscripción en el registro de productores de espectáculos públicos de artes escénicas (4:09 p.m.)
16 de Diciembre de 2015
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Nota:
104671
El Ejecutivo modificó el decreto único reglamentario del sector Cultura (Decreto 1080 del 2015), en lo que hace referencia al registro de productores de espectáculos públicos de las artes escénicas (Ley 1493 del 2011). Así, con el propósito de proteger los derechos de los consumidores y usuarios de espectáculos públicos de dichas artes, los productores permanentes y ocasionales de espectáculos públicos de las artes escénicas deberán inscribirse en el registro, deberán realizar su inscripción a través del sitio web del ministerio, así como actualizar y realizar las afectaciones correspondientes a dicho registro. Dicho proceso es un requisito previo a la publicitación, comercialización y solicitud de autorización de todos los espectáculos ante las alcaldías municipales y distritales. La inscripción deberá realizarse virtualmente a través de la página de la cartera, diligenciando el formulario digital previsto para el efecto, al cual se deberán adjuntar los documentos fijados en la norma.
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