Criterios de promoción escolar no pueden entorpecer el alcance del derecho a la educación (9:02 a.m.)
20 de Junio de 2018
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Nota:
108424
Los criterios de promoción escolar no pueden desconocer el derecho a la educación ni entorpecer su alcance. En este sentido, indicó el Ministerio de Educación, corresponde a las instituciones educativas definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación (SIE), el cual contiene los mencionados criterios y debe tener el propósito de brindar un servicio de calidad, accesible, adaptable y pertinente, además de estar articulado con las necesidades de los educandos. En cuanto a los estudiantes en situación de discapacidad, la entidad señaló que la ausencia de un diagnóstico profesional que establezca esa condición no impide el derecho de acceso a la educación, sin perjuicio de la gestión que deben realizar tanto el estudiante como su familia para obtener dicho documento. El Decreto 1421 del 2017 también permite la suscripción de acuerdos entre directivos docentes, docentes, padres, acudientes y estudiantes, respecto al proceso educativo de la persona en situación de discapacidad.
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