Algunas reflexiones en torno a la relación ética, educación y Derecho
03 de Noviembre de 2017
Carlos Arturo Hernández
Dr. h.c. mult., Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre
La pedagogía de la liberación es un elemento teórico-práctico de la realidad social y trata de liberar a los hombres de la incapacidad que tienen de juzgar críticamente las imposiciones que la cultura pone en sus mentes. Este es el motivo por el cual el docente universitario debe saber comunicar aquellos saberes que puedan estimular la comprensión de los fenómenos sociales de manera racional y no mecánica. Como consecuencia, los ciudadanos serán mucho más justos y solidarios. Una tarea pen-diente para el docente de hoy es la de vincular a la educación dentro un contexto social y humanista, así los niños y jóvenes serán más autónomos y reflexivos.
La historia nos señala de forma detallada cómo la comunicación y el lenguaje pedagógico han tenido que afrontar épocas de grandes crisis. Para nadie es un misterio que las fuerzas económicas de producción en los países tienen a su disposición un poder bastante fuerte que les permite someter cualquier tipo de expresión que vaya en contra de sus políticas e intereses colectivos. Por otra parte, no se trata de resistir aquella imposición mediante la fuerza. Todo lo contrario: mediante la educación y una comunicación significativa se puede fomentar una conciencia que le permita a los ciudadanos escoger libremente un sistema de formación educativo, económico y político donde la libre participación sea más un deseo personal y no una obligación colectiva. Para lograr dichos objetivos, esto debería iniciarse en las aulas de clase de los jóvenes universitarios, quienes son el grupo más susceptible a la hora de recibir un contenido pedagógico.
La comunicación ha superado las barreras que se la han tratado de imponer y que a la larga han tendido a fortalecer los intereses colectivos de las relaciones entre el poder económico y político. Y esto por medio del lenguaje. Pero, ¿qué es el lenguaje explicado de la forma más sencilla? El lenguaje le brinda la posibilidad al hombre de seleccionar, citar, coordinar y combinar conceptos de diversa complejidad. El ejemplo aplica también en la vida de los estudiantes donde su modelo por seguir es el maestro.
Nos asalta en nuestras vidas un temor. Y como lo señala el educador brasileño Paulo Freire, “temo que se coloca demasiado énfasis en las nuevas tecnologías, en la educación tecno-científica, restringiendo el espacio de los paradigmas, los valores, la ética. Sin humanismo tendremos una generación dotada de capacidad profesional, pero sin corazón. La competencia habrá de prevalecer sobre la solidaridad y el capital sobre los derechos humanos. Y así iremos a la barbarie”.
Lizeth Arámbula, (2013), realiza una entrevista a Enrique Dussel y le pregunta: “¿Hacia dónde considera usted que debería caminar la educación de México y América Latina en los próximos años? En este momento, sostiene Dussel, se está produciendo lo que llamamos un giro descolonizador o el tema de la descolonización epistemológica. Desde el siglo XV –la invasión de América, el mal llamado ‘descubrimiento’– Europa se transformó en metrópoli y nosotros fuimos su colonia en todos los niveles: político, militar y cultural”.
Así pues, la falta de humanidades en nuestros planes de estudio nos hace cada día más técnicos jurídicos y nos aleja de ser jurisconsultos.
Nuevos juristas: nuevas conciencias
La formación de los juristas debe tener un objetivo muy claro, un humanismo realista. Esto es, en primer término, que nos debemos preocupar por impartir un conocimiento acerca del Derecho basado en la idea de que el quehacer jurídico es razonamiento práctico, y de esta forma poder reconocer algo que se deja de lado: la relación estrecha entre Derecho y ética. En segundo lugar, nuestros abogados deben tener un rasgo característico: ser profesionales analítico-simbólicos cuyas identidades estén marcadas por el hallar una respuesta justa en cada uno de sus litigios y problemas que serán el pan de cada día. Finalmente, un abogado que tenga en su horizonte la dignidad de la persona humana.
Tenemos que reconocer que a los estudios de Derecho les hace falta una mayor práctica durante las asignaturas. Esta es una de las razones por las que los egresados no cuentan con las aptitudes necesarias para poder ejercer una vez que han concluido los estudios. Hace falta incluir dentro de los pénsum seminarios prácticos en los que los estudiantes estén en contacto con la realidad propia de ser un abogado y se acostumbren a lo que en el futuro será su vida profesional. La reforma busca esto, que el consultorio jurídico empiece a la mitad de la carrera –al inicio con los estudiantes como observadores, para que luego en los dos últimos años puedan asumir la verdadera labor del abogado–.
La tarea al futuro para los nuevos juristas y para sus formadores es lograr que los estudiantes tengan claro si el Derecho es su vocación, dándole prioridad a las preguntas ¿qué quiero ser y por qué?, más que a cuestiones como qué universidad será la mejor, su ubicación, reputación y horarios o facilidades de pago. La respuesta de los bachilleres a tantas preguntas idealmente debería ser: “si estudio Derecho que no sea por dinero, que no sea por simple necesidad de ser alguien en la vida buscando abrirme camino con un título profesional. Estudio Derecho porque entiendo que el ser abogado me da herramientas para cambiar la sociedad como hacedor de justicia, para ser un verdadero humanista”.
Algunos se preguntan si el estudio del Derecho está en decadencia, pero si se trata de comprender al Derecho como fenómeno social y, en tanto esto, como modo de control social, se podrán captar matices más sutiles y comprensivos de su enseñanza. En esta línea es más fácil de entender por qué circula un discurso no descriptivo. La educación en Derecho consiste en la inculcación de la idea de que el sistema normativo vigente es un hecho natural, inmodificable, bueno y ajeno a las manipulaciones políticas. Esto es crucial en la formación de la conciencia de quienes están destinados, mayoritariamente, a aplicar el complejo de normas vigentes.
Es probable que la preeminencia de conceptos valorativos del Derecho pueda relacionarse, además de lo antedicho, con lo que Carlos Santiago Nino señala respecto de la necesidad de contar con distintos conceptos según el ámbito que se trate. Así, si se intenta justificar una acción, como hacen los jueces cuando deben dictar una sentencia, será preciso partir de un concepto normativo del Derecho. De otra forma, se estará haciendo una suposición de que existe la justificación para aplicar una norma, pero la obligación de seguirla no puede derivarse del solo hecho de estar válidamente emitida. De la misma forma, en el ámbito de la educación jurídica, si la finalidad es formar a los futuros abogados litigantes, que son quienes trabajan desde el punto de vista interno –es decir, aceptando las normas vigentes o tratando de encontrar maneras dentro del mismo sistema para eludirlas–, es lógico que se deban proveer definiciones normativas para que los estudiantes encuentren un sustento en su futuro accionar. En este orden de ideas, las dos formas más relevantes de definir al Derecho, como orden –positivismo ideológico– o como justicia –iusnaturalismo–, permiten llevar a cabo el objetivo de brindar justificaciones para la acción.
Pero insisto, más allá de que el objeto de estudio sea positivista o iusnaturalista, lo importante es hacer que el Derecho busque justicia y sea un elemento humanista.
Referencias
Arámbula Lizeth, (2013) Entrevista a Enrique Dussel. Editorial: ITESO, Universidad Jesuita de Guadalajara.
Nino Carlos Santiago (1996) Introducción al estudio del Derecho, Buenos Aires, Ariel.
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