Distrito Capital no ha incumplido orden de formalizar labor de recicladores: Corte Constitucional (9:10 a.m.)
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16 de Febrero de 2015
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Así lo concluyó la Corte Constitucional, que sostuvo que los procedimientos técnicos establecidos por la administración para la recolección de basuras, aunque discutibles, no desconocen los parámetros de la Sentencia T-724 del 2003, ni de los autos 268 del 2010 y 275 del 2011, en los que se protegieron los derechos de esta población. Para la Sala, se han cumplido efectivamente medidas para la identificación de los recicladores, la constitución de organizaciones recicladoras autorizadas (ORAS) y el máximo aprovechamiento de residuos sólidos; además, destaca la inclusión en el nuevo modelo de quienes remplazaron sus vehículos de tracción animal. La Corte cuestionó la falta de colaboración armónica entre entidades estatales que, a su juicio, ha enmarcado el cumplimiento de estas providencias, específicamente con respecto a los conceptos de Corporación de Regulación de Agua (CRA) en torno a la composición tarifaria del esquema. A su vez, la corporación subrayó cómo la Procuraduría se limitó a enumerar ciertas deficiencias, sin adelantar actuaciones de fondo al respecto, invitándola a hacer uso de sus facultades legales frente a esas anomalías. Además, concluyó que las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por la afectación de la libre competencia que se habría evidenciado en el cambio del esquema de recolección de basuras en Bogotá no deben afectar el cumplimiento de las acciones efectivas que aquel contiene a favor de la población recicladora (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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