Distorsión de la función estatal basta para probar concierto para delinquir en casos de “parapolítica”: Corte Suprema de Justicia (10:57 a.m.)
21 de Agosto de 2013
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Nota:
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La Corte Suprema de Justicia determinó que cuando el concierto para delinquir se deriva del acuerdo para promover grupos armados ilegales no se necesita probar que el acusado se concertó para cometer delitos; en esos casos, precisa, basta con que se evidencie la distorsión que el indiciado provocó en la función estatal a favor de la causa de una organización armada al margen de la ley. Con estos argumentos, la Sala Penal condenó a 108 meses de prisión al exgobernador Hugo Aguilar, en calidad de autor del delito de concierto para promover grupos armados al margen de la ley (inciso 2º del artículo 340 de la Ley 599 del 2000). También solicitó que se investigue, por presunto falso testimonio, a algunos de los declarantes llamados al proceso, en tanto que requirió a la Fiscalía para que verifique si hay mérito para solicitar la exclusión de varios desmovilizados de Justicia y Paz, debido a la aparente falsedad de sus declaraciones en este caso.
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