DIAN fija las condiciones para presentar información exógena del 2015 (10:30 a.m.)
05 de Noviembre de 2014
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Nota:
97941
La DIAN expidió la resolución que establece los plazos, formatos y medios para presentar información exógena del 2015, a reportarse en el 2016, por parte de entidades financieras, cámaras de comercio, cooperativas, grupos empresariales, personas o entidades que elaboren facturas, entre otros. De acuerdo con la norma, la periodicidad del reporte será mensual y anual. Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales deberán entregar el reporte mensualmente. Por su parte, las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras deben reportar información de cuentas corrientes y/o ahorros y los certificados de depósitos a término fijo y/o cualquier otro título lo harán anualmente por periodos mensuales, de mismo modo la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores (Deceval). Por último, los plazos para suministrar la información anual y anualmente con corte mensual para los grandes contribuyentes será entre el 29 de marzo y el 11 de abril y para las personas jurídicas y naturales entre el 12 de abril y el 10 de mayo del 2016.
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