Determinan subsidio mensual para garantizar servicios en notarías con ingresos insuficientes (10:20 a.m.)
14 de Noviembre de 2017
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Nota:
57707
La Superintendencia de Notariado y Registro, mediante Resolución 6334 del pasado 16 de julio, fijó los subsidios en dinero para garantizar la prestación del servicio en las notarías con insuficientes ingresos y estableció el procedimiento para su pago en la vigencia fiscal 2017. De acuerdo con la norma, los notarios que reporten ingresos brutos promedio mensual de hasta 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes y la escrituración no supere las 1.521 escrituras anuales tendrán derecho al subsidio en mención. El ingreso bruto promedio mensual para el subsidio se calculará descontando los ingresos generados por escrituras públicas de vivienda de interés social (VIS) y el número de estas se establecerá excluyendo del total las correspondientes a las de VIS. Tampoco se sumarán aquellas escrituras públicas exentas de derechos notariales, entre ellas las de vivienda de interés prioritario (VIP) y vivienda de interés prioritario con ahorro (VIPA), por corresponder a determinaciones de colaboración interinstitucional o por motivos de interés público. La disposición deroga la Resolución 3780 del 2016, en lo que le sea contraria. La norma acaba de ser publicada en el Diario Oficial 50.411, del miércoles 11 de noviembre.
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