Desistimiento de licencia de construcción da lugar a devolución de dineros cancelados por impuesto de delineación urbana (3:14 p.m.)
100037
02 de Febrero de 2015
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Así lo determinó el Consejo de Estado al recordar que la cancelación de obligaciones tributarias que no se han contraído constituye una de las causales de procedencia de la devolución. En ese sentido, observó que la demandante canceló la obligación impositiva, no obstante que hizo uso de la opción de desistir del otorgamiento de la licencia antes de su notificación, que le ofrece el artículo 30 del Decreto 569 del 2006. Recordó, así mismo, el contenido del artículo 71 del Decreto 352 del 2002, que indica que el hecho generador del impuesto es la expedición de la licencia que, en este caso, fue objeto de desistimiento (C. P. Hugo Bastidas).
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