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Desconocer efectos ‘inter comunis’ de fallos de tutela afecta la seguridad jurídica: Corte Constitucional (11:45 a.m.)

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29 de Abril de 2013

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La Corte Constitucional manifestó que los jueces de tutela no pueden pronunciarse alrededor de asuntos que se acojan a efectos inter comunis dictados en las determinaciones del alto tribunal. Aclaró que una acción de amparo constitucional con descripción fáctica idéntica a actuaciones ya resueltas en las que se precise que abarcan todas las situaciones de la misma naturaleza debe ser declarada improcedente. Ello frente a una acción de tutela presentada por un grupo de desplazados que ocupaba ilegalmente un predio en Valledupar (Cesar) y que solicitaba la asistencia de las autoridades, situación que ya había sido motivo de pronunciamiento por parte de este alto tribunal. Con estos argumentos, indicó que los accionantes deben acudir a la acción de cumplimiento y otros mecanismos para materializar las decisiones contempladas en un fallo que ya fue resuelto a su favor (M. P. Mauricio González).

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