Derechos salariales de trabajadores oficiales no se rigen por Código Sustantivo del Trabajo (9:50 a.m.)
15 de Abril de 2014
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Nota:
96180
La Corte Suprema de Justicia recordó que los derechos salariales de los trabajadores oficiales no se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo. Ello porque el artículo 4º de ese conjunto normativo señala que las relaciones de derecho laboral individual entre la administración y trabajadores de ferrocarriles, empresas públicas y demás servidores del Estado no deben regirse por las reglas allí establecidas, sino por estatutos posteriores. Con estos argumentos, la corporación se abstuvo de casar una sentencia recurrida por un extrabajador del ISS, al no reunir los requisitos que, para estos casos, exige el artículo 87 del Código Procesal del Trabajo. De acuerdo con el fallo, las pretensiones del actor estaban dirigidas a atacar una norma nacional, como lo menciona el numeral 1º, y en el caso concreto no se identificó el régimen legislativo que le competía al exoperario (M. P. Luis Gabriel Miranda).
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