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Demandan norma que faculta a alcalde a incorporar recursos dentro del presupuesto municipal

Las competencias del alcalde en materia presupuestal se encuentran altamente restringidas en virtud del principio de legalidad del gasto.
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18 de Abril de 2023

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La Sala Plena de la Corte Constitucional admitió una demanda en contra del literal G) del artículo 29 de la Ley 1551 del 2012, que modifica el artículo 91 de la Ley 136 de 1994, norma que atribuye al alcalde la facultad de incorporar dentro del presupuesto municipal recursos sin necesidad de efectuar control político del concejo municipal.

De acuerdo con la demanda, las competencias del alcalde en materia presupuestal se encuentran altamente restringidas en virtud del principio de legalidad del gasto, no solo en la fase de elaboración y expedición del presupuesto, sino también en la etapa de ejecución, durante la cual las modificaciones al presupuesto para incrementar las apropiaciones deben ser aprobadas por el concejo, competencia que por su naturaleza es indelegable (Demandante: Carlos Saúl Sierra Niño).

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