Tratamiento penal diferenciado para miembros de la fuerza pública recibe ponencia positiva para primer debate (2:40 p.m.)
16 de Mayo de 2016
Reproducir
Nota:
107403
La propuesta es de autoría del Centro Democrático y pretende otorgar un tratamiento diferenciado a los miembros de la fuerza pública por conductas punibles cometidas en el desarrollo de operaciones militares y policivas. De acuerdo con el texto de la iniciativa, los efectos de la ley tendrían carácter retroactivo. Así, el juez competente deberá conceder la libertad condicional a la persona condenada a pena privativa de la libertad por delitos cometidos en dichas operaciones cuando se cumplan los siguientes requisitos: i) Que el procesado haya cumplido una quinta parte de la pena y ii) Que presente buena conducta durante el cumplimiento de la pena. Para aplicar a los beneficios de la ley, el enjuiciado deberá aportar un documento solicitándole a la autoridad competente la aplicación de la libertad condicional, el cual a su vez deberá estar acompañado de una copia del documento de identidad, una copia de la sentencia condenatoria y un certificado de buena conducta en el tiempo de cumplimiento de la pena hasta la fecha, emitido por el establecimiento de reclusión. De acuerdo a la ponencia, el alcance del fuero penal militar ha sido sustancialmente reducido, trayendo consigo un deterioro en las garantías asociadas a dicha institución jurídica, esencialmente la relativa al derecho que tienen tanto militares y policías de ser juzgados por sus pares. En consideración a lo anterior, se pretende establecer un tratamiento especial y diferenciado a favor de los miembros de la fuerza pública investigados o condenados, sin que ello implique la extinción de la acción penal o de las penas.
Opina, Comenta