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Reiteran procedencia de incremento salarial para soldados incorporados como profesionales (9:41 a.m.)

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07 de Septiembre de 2015

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Aunque una persona se haya desempeñado inicialmente como soldado voluntario y luego en calidad de profesional, esto no implica la pérdida de su derecho a percibir el incremento previsto en el artículo 4° de la Ley 131 de 1985, equivalente al 60 % de un salario mínimo legal mensual vigente. Así lo advirtió la Sección Segunda del Consejo de Estado, al señalar que los decretos 1793 y 1794 del 2000 garantizaron expresamente la protección de los derechos adquiridos de quienes resultaran incorporados como soldados profesionales a partir de su vigencia. La procedencia de tal incremento en estos casos no es una decisión arbitraria por parte del Gobierno, al ejercer la facultad para fijar el régimen prestacional y salarial de los servidores públicos, ya que busca respetar los derechos adquiridos de los que en su momento fueron soldados voluntarios, añadió la corporación (C. P. Gerardo Arenas).

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