Régimen de imputación varía si el daño se deriva de una actividad peligrosa o del incumplimiento legal (3:50 p.m.)
07 de Marzo de 2013
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Nota:
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El análisis de la imputación de riesgo excepcional se aborda ante un accidente de tránsito en un vehículo oficial porque se predica peligrosidad de la actividad, indicó el Consejo de Estado. Pero si se evidencia que el daño es producto del incumplimiento de normas cuya observancia se exige a los agentes estatales, el régimen de imputación se torna subjetivo por falla en el servicio, agregó. En este sentido, la Sección Tercera declaró patrimonialmente responsable a la Nación, Ministerio de Defensa y Ejercito Nacional por permitir que sus tropas fueran transportadas para desarrollar una operación militar en un vehículo con plataforma que funciona para el transporte de carga, en contra del Código Nacional de Tránsito (C. P. Enrique Gil Botero).
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